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Cuba flexibiliza normas para inversión extranjera, comercio y turismo

Nuevas medidas cubanas amplían opciones laborales, societarias, comerciales y turísticas, aunque persisten permisos, productos restringidos y límites operativos.

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Cuba publicó un paquete de cambios legales y administrativos para acortar procedimientos y ampliar la participación en inversión extranjera, comercio exterior y turismo. Las medidas abren rutas adicionales para empresas e inversores, pero no convierten las solicitudes en aprobaciones automáticas ni eliminan los controles sectoriales.

El Decreto-Ley 128 modifica el régimen de inversión extranjera al suprimir la obligación de contratar trabajadores exclusivamente mediante entidades empleadoras estatales. El inversor podrá contratar de forma directa, seguir usando una empleadora o combinar ambos modelos, mientras permanecen los requisitos laborales y las propias entidades.

La misma reforma elimina la autorización previa del Banco Central para que una empresa con inversión extranjera abra una cuenta en el exterior. Disposiciones laborales y bancarias acompañan el cambio, por lo que retirar ese permiso previo no significa la desaparición de las obligaciones de cumplimiento financiero.

El Decreto-Ley 130 modifica el Código Civil para conceder determinados derechos reales por plazos más largos, apoyando proyectos cuyo horizonte supera los términos antes disponibles. La política actualizada también permite negocios conjuntos de capital extranjero con empresas privadas y cooperativas cubanas y amplía posibilidades inmobiliarias, comerciales y en áreas prioritarias de conservación o patrimonio.

Un nuevo procedimiento de comercio exterior uniforma las solicitudes de facultades de importación y exportación, cambios o cancelaciones de nomenclaturas y permisos ocasionales. Las personas jurídicas afrontan requisitos generales iguales sin importar la propiedad, pero los bienes prohibidos o restringidos aún necesitan autorización expresa y representan cerca de 9% del Sistema Armonizado.

Las normas turísticas crean incentivos fiscales para proyectos de ecoturismo y sustituyen una regulación de transporte de 2004 centrada en el alquiler de vehículos. El marco permite participar a compañías totalmente extranjeras, asociaciones mixtas, empresas estatales y formas no estatales, sujetas a las autorizaciones aplicables.

Las personas jurídicas extranjeras y los operadores no estatales también podrán establecer agencias de viajes, ampliando un campo antes concentrado en entidades nacionales y esquemas de representación extranjera. Surgen oportunidades para guías y agentes privados de venta, aunque los guías deberán capacitarse, actualizarse y obtener autorización mediante Formatur.

Las autoridades sostienen que las reformas deben mejorar el entorno de negocios, pero reconocen que los resultados no serán inmediatos. Los flujos de capital y nuevas operaciones todavía dependen del acceso financiero y bancario, el transporte, las condiciones comerciales, los costos, la energía y la ejecución efectiva; publicar normas no demuestra inversión ya recibida.